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Licencia médica por accidente de trayecto o trabajo: ¿Qué hacer?

Accidente de trayecto

Al momento de enfrentar un accidente de trayecto o trabajo, tanto trabajadores como empleadores, tienen el deber de conocer el procedimiento legal y protocolar que este tipo de situaciones comprende. Una responsabilidad que suele ser olvidada debido a la urgencia de los hechos pero que resulta clave a la hora de gestionar una licencia médica por incapacidad temporal.

En este último artículo dedicado a la gestión de licencias médicas en Chile, te comentamos cuáles son los pasos a seguir si sufrimos o somos testigos de un accidente laboral. Además te entregamos algunos consejos de prevención muy sencillos de seguir pero efectivos a la hora de tratar este tipo de situaciones.

Índice de contenido

¿Qué es un accidente de trayecto o trabajo?

Como ya habíamos mencionado en una anterior publicación, un accidente de trayecto o trabajo hace referencia a toda lesión que un trabajador puede sufrir en el ejercicio de sus labores o en el trayecto a estas. Debido a la sensibilidad de estos eventos, la emisión de una licencia médica quedará a cargo de las instituciones de salud autorizadas, como pueden ser las mutuales o el Instituto de Salud del Trabajo (IST).

Un accidente laboral puede derivar en múltiples consecuencias, como es la imposibilidad de ejercer el trabajo de forma temporal, permanente o incluso la muerte. De acuerdo a la Ley, se podrá considerar como accidente trabajo o trayecto cuando el dependiente haya registrado una lesión en alguno de los siguientes casos:

  • Al encontrarse en su lugar de trabajo.
  • En el trayecto de ida al lugar de trabajo o a la vuelta de este hacia el hogar.
  • Durante el traslado entre en dos lugares de trabajo con uno o más empleadores.
  • En el contexto de teletrabajo.
  • Como consecuencia del ejercicio de nuestro trabajo, de forma inmediata o a largo plazo.

¿Qué debo hacer si soy trabajador y sufro un accidente laboral?

Como trabajador, y dependiendo de la gravedad de la lesión, podemos cumplir con el siguiente procedimiento sin la necesidad de contar con la supervisión del empleador.

  1. Constatar la gravedad del evento y posibilidades de desplazamiento.
  2. A partir de esta observación, podremos estimar un traslado en ambulancia o dirigirnos al centro de salud. Es importante saber si tu empresa pertenece a alguna mutual y el número de urgencias de esta.
  3. El aviso o traslado puede ser hecho por terceras personas. Si el trabajador accidentado es enviado a un centro de salud público o privado, tu mutual realizará el traslado a sus instalaciones dependiendo de la condición y riesgo vital de tu situación.
  4. Debes dar aviso inmediatamente a tu empleador para que este haga la denuncia en las próximas 24 horas siguientes al accidente de trayecto o trabajo.
  5. Al ingresar a la mutual o IST, debes proporcionar tu Cédula de Identidad y DIAT en el caso de no ser presentada por el empleador

Es muy importante contar con algún tipo de evidencia del siniestro, pues, ayudará a la institución de salud a determinar de manera mucho más rápida la calidad de accidente de trayecto o trabajo. Para ello, puedes ayudarte de la declaración de testigos o Carabineros, certificado de atención en un servicio de urgencia, parte policial, entre otros.

Una vez el organismo administrador (mutual o IST) tome resolución del caso, deberá emitir una orden de reposo para el trabajador y solicitarle la información dispuesta en la Documentación necesaria para el Cálculo del Subsidio por Incapacidad Laboral Temporal. La licencia médica será pagada en los siguientes 30 días posteriores a la emisión de la orden de reposo, mientras que el alta laboral del trabajador será determinado por la misma institución a cargo del subsidio.

¿Qué debo hacer en un accidente de Trayecto o Trabajo si soy empleador?

Conocer las acciones a realizar cuando un colaborador sufre un accidente de trayecto o trabajo es muy importante, pues, son de carácter obligatorio para el empleador.

  1. Solicitar una ambulancia o derivar a la institución de salud correspondiente si el trabajador puede movilizarse por sí mismo.
  2. Ingresar la Denuncia Individual por Accidente en el Trabajo (DIAT) en las siguientes 24 horas luego de ser notificado del accidente.
  3.  Independiente si el trabajador hizo entrega de su Declaración Individual de Accidente del Trabajo, el empleador está obligado a presentar su respectiva DIAT.
  4. El organismo a cargo de la licencia médica le solicitará al empleador presentar la misma Documentación necesaria para el Cálculo del Subsidio por Incapacidad Laboral del trabajador. Esta notificación se efectuará en el primer día hábil posterior al inicio del reposo, teniendo el empleador un plazo de 3 días hábiles para enviarla.
  5. Mientras no se cumpla el plazo estipulado el Certificado de Alta Laboral, el empleador no puede aceptar la reincorporación del trabajador a sus funciones.

Si bien, sufrir un accidente de trayecto o trabajo puede ser un hecho fortuito, es primordial que, al momento de ocurrir un accidente al interior del lugar de trabajo, el empleador investigue junto al Comité Paritario el origen y causa del siniestro. El cuidado, conocimiento, comunicación y respeto por las normas de seguridad de nuestra organización, son la mejor forma de prevenir futuro accidentes.

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