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REGLAMENTO DE LA LEY N° 21.327 SOBRE MODERNIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO

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En base al Reglamento Dictado en conformidad al art. 1° de la Ley N°21.327, la cual moderniza la Dirección del Trabajo, informamos de las principales disposiciones, relativas a los datos y documentación que los empleadores deben mantener en el Registro Electrónico Laboral.

Las funciones y atribuciones de la Dirección del Trabajo se han ido modificando durante el transcurso de los años. Originalmente, las funciones se establecieron en el DFL N° 2 de 1967. Entre ellas estaban las siguientes:

  • Fiscalizar la aplicación y cumplimiento de la legislación laboral.
  • Fijar el sentido y alcance de las leyes laborales mediante oficios o a petición expresa de parte a través de dictámenes.
  • Fijar el sentido y alcance de las leyes laborales mediante oficios o a petición expresa de parte a través de dictámenes.
  • Dar a conocer los principios técnicos y sociales de las leyes laborales.
  • Supervisar el funcionamiento de las organizaciones sindicales, generando las acciones necesarias para prevenir y resolver conflictos relacionados con la actividad sindical.

Posteriormente y a raíz del desarrollo político – social se han ido incorporando nuevas funciones que se mencionan a continuación:

  • Fiscalizar la declaración y pago de las cotizaciones previsionales
  • Fiscalizar las irregularidades que se puedan detectar en materia de licencias médicas.
  • Controlar el cumplimiento de las normas relativas al funcionamiento de los Comité de Paritarios de Higiene y Seguridad.
  • Fiscalizar la constitución de los Comité Bipartitos de Capacitación.

Podemos definir finalmente que las funciones de la Dirección del Trabajo se pueden dividir entre funciones fiscalizadoras, interpretativas, sancionadoras, informativas, como Ministro de Fé, Conciliadoras y Mediadoras, Intervenir de Buenos Oficios y Asistencia Técnica.

Puedes descargar el documento completo aquí, donde aparece el detalle de la ley.

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Desde 2016, los sistemas Genera son sometidos a control por parte de la dirección del trabajo. En cuanto a asistencia la certificación con la normativa 1140/27 y 5849/133 los cuales establecen la idoneidad de nuestros sistemas para esta nueva etapa.

Asimismo, nuestra plataforma de Carpeta Laboral Electrónica es una herramienta que le ayudará a enfrentar la nueva legislación con mayor seguridad. Al mismo tiempo, a organizar con firma electrónica los procesos de recursos humanos de su empresa.

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