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PERIODOS DE INACTIVIDAD EN EL TRABAJO: JORNADA PASIVA

PERIODOS DE INACTIVIDAD

La jornada pasiva responde que pasa con remuneraciones y asistencia si existen casos de fuerza mayor que nos obligue a interrumpir nuestras labores. Que ocurre, por ejemplo, si un corte de electricidad nos obliga a paralizar nuestras funciones? o más coloquialmente: Que pasa si se corta la luz en el trabajo?

Nuestra legislación laboral define como jornada de trabajo el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar servicios en forma efectiva conforme a un contrato de trabajo. También considera como jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no le sean imputables.

De acuerdo a esta definición, es necesario aclarar que “encontrarse a disposición” debe entenderse como la presencia del trabajador en el lugar de trabajo sin realizar labor alguna por causas no le sean imputables y siempre que ello ocurra dentro o durante la jornada de trabajo. Es decir, durante el desempeño efectivo de su labor, sin que a raíz de ello pueda extenderse la jornada a períodos anteriores o posteriores a ella.

La descripción del párrafo anterior es lo que se debe entender por ende como Jornada Pasiva.

Casos fortuitos donde la jornada laboral se ve interrumpida

Un ejemplo de inactividad dentro de la jornada laboral lo constituyen los siempre imponderables cortes de energía eléctrica. Cuando el corte se produce dentro de la jornada de trabajo y encontrándose el trabajador a disposición del empleador, éste deberá pagar la remuneración convenida en el contrato de trabajo. Dicho tiempo o inactividad se considera jornada pasiva.

Esta jornada pasiva, para todos los efectos legales, se considera como trabajada. Ello dado que finalmente la obligación principal de todo empleador es proporcionar el trabajo y pagar la remuneración convenida en el contrato de trabajo.

No importa que el corte de suministro eléctrico haya o no sido programado por la compañía proveedora, la inactividad no es imputable al trabajador cuando este está a disposición del empleador. La principal obligación del trabajador es realizar sus labores encomendadas dentro de la jornada de trabajo. La inactividad no es imputable al trabajador, debe considerarse como trabajada para todos los efectos legales.

Jornada pasiva y remuneración variable

Si el trabajador se encuentra remunerado sobre la base de una remuneración variable, deben considerarse varios puntos para remunerar los períodos de inactividad laboral:

  1. En primer lugar lo que las partes hayan convenido individual o colectivamente, en forma expresa.
  2. De no existir pacto escrito que lo defina, los períodos de inactividad deberán pagarse como reiteradamente lo ha hecho la empresa en el tiempo. Esta forma constituye una cláusula tácita incorporada al contrato de trabajo.
  3. A falta de pacto tácito, la forma de remunerar la inactividad laboral debe ser equivalente al promedio de lo percibido por cada dependiente durante los últimos tres meses laborados. Esto no podrá ser inferior al ingreso mínimo.

Esta última definición ha sido confirmada reiteradamente en dictámenes de la Dirección del Trabajo.

Los sistemas GENERA están diseñados para calcular de buena manera las remuneraciones en casos especiales. Esto dado que las reglas de pago pueden ser configurables a la medida de cada empresa. El sistema calcula remuneraciones con pactos expresos o tácitos en relación a jornadas pasivas, si así se requiere.

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